Los miembros de la Junta Examinadora de Ingenieros, Arquitectos, Agrimensores y Arquitectos Paisajistas, de las Juntas de Gobierno del Colegio de Arquitectos y Arquitectos Paisajistas y del Colegio de Ingenieros y Agrimensores, y los de aquellas comisiones creadas por dichas Juntas de Gobierno o por dichos Colegios, disfrutarán de inmunidad en lo que a responsabilidad civil se refiere, cuando actúen en el desempeño de las facultades y obligaciones que le son concedidas por las secs. 711 a 711z de este título en respaldo a la Junta Examinadora o a sus respectivos colegios. También disfrutarán de la inmunidad civil establecida en esta sección siempre y cuando estas funciones estén relacionadas con la implantación de los procedimientos administrativos o de manejo de querellas de ética delegados a los colegios profesionales.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 20 - Juntas Examinadoras y Asociaciones Profesionales
§ 711b. Ejercicio o práctica profesional
§ 711g. Requisitos para concesión de licencias y certificados
§ 711n. Certificados o licencias—Denegación, suspensión, revocación, o cancelación
§ 711o. Certificados o licencias—Reexpedición
§ 711q-1. Sociedades profesionales
§ 711q-2. Corporaciones profesionales
§ 711q-3. Práctica de la profesión; sociedades profesionales
§ 711r. Intervención del Secretario de Justicia
§ 711s-1. Licencias especiales
§ 711u. Residencia; requisito; exención