El derecho de una empresa, concesionario u operador a prestar servicios de transportación turística terrestre, o de servicio y venta de taxímetros, podrá ser suspendido por la Compañía de Turismo, mediante notificación al efecto por un período temporero que no excederá de sesenta (60) días, en casos de peligro inminente que constituyan una amenaza al ambiente, a la salud o a la seguridad pública. Después de emitida una orden o resolución de conformidad a esta sección, la Compañía de Turismo deberá proceder prontamente a completar cualquier procedimiento que hubiese sido requerido si no existiera un peligro inminente, conforme a las secs. 2101 et seq. del Título 3, mejor conocidas como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme”.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Capítulo 154 - Transportación Turística Terrestre de Puerto Rico
Subcapítulo III - Poderes y Deberes de la Compañía
§ 6772. Autoridad para establecer áreas de transporte turístico
§ 6774. Terminales de transportación turística terrestre
§ 6775. Facultad fiscalizadora
§ 6778. Franquicias, autorizaciones, permisos y licencias
§ 6780. Franquicias, autorizaciones, permisos y licencias—Existentes
§ 6781. Franquicias, autorizaciones, permisos y licencias—Renovación
§ 6782. Franquicias, autorizaciones, permisos y licencias—Control de expedición
§ 6783. Venta, traspaso, cesión, donación, sustitución, permuta o arrendamiento
§ 6784. Facultad para requerir pólizas de seguro o fianza
§ 6786. Poder para prescribir tarifas justas y razonables
§ 6788. Sistema de contabilidad
§ 6789. Inventario detallado y permanente
§ 6790. Examen de cuentas, registros, libros y locales
§ 6792. Poderes generales de investigación
§ 6793. Querellas ante la Compañía de Turismo
§ 6794. Procedimientos ajudicativos
§ 6798. Determinación de daños
§ 6801. Penalidad criminal por infracciones
§ 6802. Penalidad adicional por infracción de ordenes
§ 6803. Facultad para suspensión sumaria
§ 6805. Enumeración de poderes no implicará limitación de los mismos