No se concederán decretos bajo la “Ley de Desarrollo Turístico de 1993”, secs. 6001 et seq. de este título, luego del 10 de julio de 2010. Toda solicitud para concesión de beneficios bajo la “Ley de Desarrollo Turístico de 1993”, secs. 6001 et seq. de este título, ya radicada a la fecha de aprobación de esta ley, se considerará radicada bajo este capítulo, y el peticionario deberá someter cualquier información adicional necesaria para completar una solicitud debidamente radicada bajo este capítulo. Se recibirán solicitudes de nuevos decretos bajo este capítulo hasta el 31 de diciembre de 2019.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Capítulo 151A - Ley de Desarrollo Turístico de Puerto Rico de 2010
§ 6339. Principios rectores para la concesión de incentivos
§ 6345. Renegociación del decreto de exención.
§ 6346. Transferencia del negocio exento
§ 6347. Denegación, revocación y limitación de beneficios
§ 6348. Administración; concesión de beneficios; penalidades
§ 6349. Decisiones administrativas; finalidad
§ 6351. Responsabilidad limitada
§ 6352. Interrelación con otras leyes
§ 6353. Reglamentos bajo este capítulo
§ 6354. Incentivos bajo la “Ley de Desarrollo Turístico de 1993”, según enmendada y bajo esta Ley