Cuando un Partido Nacional Estatal incurra en recaudaciones, gastos o ambos para intervenir en un evento electoral estatal para la elección de candidatos a puestos electivos en Puerto Rico, dispuesto por ley y bajo la administración de la Comisión, que no sea una Primaria Presidencial, vendrá obligado de cumplir con los límites y las obligaciones dispuestas en las secs. 621 et seq. de este título. En cualquier otro caso no dispuesto específicamente en este subtítulo, las actividades financieras de los partidos nacionales estatales se considerarán como privadas, sin fines pecuniarios y sin sujeción alguna a las secs. 621 et seq. de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 16 - Elecciones e Inscripciones
Subtítulo 7 - Código Electoral de Puerto Rico de 2020
Capítulo 427 - Primarias y Elecciones Presidenciales de Partidos Nacionales
Subcapítulo A. Primarias Presidenciales (§§ 4641 — 4658)
§ 4646. Fecha para la realización de las primarias presidenciales
§ 4647. Inscripción de un partido nacional estatal en Puerto Rico
§ 4648. Organismo ejecutivo central y reglamento
§ 4649. Nombre e Insignia del partido nacional estatal
§ 4650. Notificación sobre la cantidad de delegados
§ 4651. Aspirantes a nominación como candidatos presidenciales
§ 4652. Delegados a las Convenciones Nacionales Nominadoras
§ 4653. Método alterno de selección de delegados
§ 4654. Facultades del Presidente de la Comisión Estatal de Elecciones