2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo X - Negocios y Fianzas
§ 4525. Exención contributiva

(a) Las cooperativas, sus subsidiarias o afiliadas, así como los ingresos de todos sus actividades u operaciones, todos sus activos, capitales, reservas y sobrantes y los de sus subsidiarias o afiliadas estarán exentos de toda clase de tributación sobre ingresos, propiedad, arbitro, patente, cualquiera otra contribución impuesta o, que más adelante se impusiere por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico a cualquier subdivisión política de éste.
(b) Todas las acciones y valores emitidos por las cooperativas y por cualesquiera de sus subsidiarias o afiliadas estarán exentos, tanto en su valor total como en los dividendos o intereses pagados al amparo de los mismos, de toda clase de tributación sobre ingresos, propiedad, arbitrio, patente o cualquiera otra contribución impuesta o que más adelante se impusiere por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico o cualquier subdivisión política de éste.
(c) Las cooperativas, sus subsidiarias o afiliadas, así como los ingresos de todas sus actividades u operaciones, todos sus activos, capitales, reservas y sobrantes y los de sus subsidiarias o afiliadas estarán exentos de toda clase de tributación sobre ingresos, propiedad, arbitrio, patente, cualquiera otra contribución impuesta o, que más adelante se impusiere por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico o cualquier subdivisión política de éste, excepto el impuesto sobre ventas y uso establecido en las secs. 32021 y 32022 del Título 13, el impuesto autorizado por la sec. 33344 del Título 13, los impuestos establecidos en las secs. 32281, 32282 y 32283 del Título 13, el impuesto de valor añadido establecido en la sec. 32211 del Título 13, y los arbitrios impuestos bajo las secs. 31621 a 31634 del Título 13, según enmendada, conocidas como el Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico.
(d) Las exenciones que se conceden bajo esta sección a las subsidiarias o afiliadas de las cooperativas aplicarán mientras dichas subsidiarias o afiliadas estén sujetas al control de una (1) o más cooperativas.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 5 - Agricultura

Capítulo 102 - Sociedades Cooperativas

Subcapítulo X - Negocios y Fianzas

§ 4500. Capital de la cooperativa

§ 4502. Certificado de aportaciones

§ 4503. Acciones preferidas o preferentes

§ 4504. Economías netas

§ 4505. Reservas

§ 4506. Número de reservas; prioridad

§ 4507. Pérdidas descontadas

§ 4509. Reserva para servicios

§ 4510. Inversiones

§ 4511. Poder de contratar

§ 4512. Contrato como requisito

§ 4513. Contrato de mercadeo

§ 4516. Cooperativas no restringen negocios

§ 4516a. Política pública del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico

§ 4516b. Definiciones

§ 4516c. Autoridad de la CPSS para la negociación colectiva con los AT o las OSS

§ 4516d. Términos y condiciones que se podrán negociar

§ 4516e. Jurisdicción para atender, supervisar y fiscalizar las negociaciones colectivas de las CPSS con los AT o las OSS y la creación de un Comité para la Supervisión y Fiscalización de los Procedimientos de Negociación Colectiva

§ 4516f. Representante o Representantes de la CPSS para negociar colectivamente y notificación de intención de negociar colectivamente

§ 4516g. Término de duración de la negociación colectiva, procedimiento de negociación colectiva y obligación continua de las partes de informar al Comité

§ 4516h. Aprobación de los informes de progreso y del informe final, términos para la aprobación de cada informe de progreso y criterios mínimos que el Comité deberá tomar en consideración al evaluar los informes de progreso, el informe final y el bo...

§ 4516i. Prohibición de ciertas prácticas concertadas entre 2 o más personas

§ 4516j. Cláusulas no negociable y excepciones a dicha prohibición

§ 4516k. Tarifa a pagar por el registro y la celebración de la negociación colectiva

§ 4516l. Derogación del Reglamento Núm. 8320 del 3 de enero de 2013, conocido como el “Reglamento de Normas de Supervisión y Fiscalización de las Cooperativas de Proveedores de Servicios de Salud”, y la creación de un nuevo reglamento por parte de la...

§ 4517. Sobrante

§ 4518. Cálculo del patrocinio

§ 4519. Emisión

§ 4520. Notificación de retiros

§ 4522. Aplazamiento del pago

§ 4523. Retiro por los cuerpos directivos

§ 4524. Nulidad de retiro

§ 4525. Exención contributiva

§ 4527. Bienes inembargables

§ 4529. Cobro de derechos