(a) Reorganizar, reformar, modernizar y fortalecer nuestros instrumentos de seguridad pública a nivel estatal para incrementar su capacidad, eficiencia y efectividad.
(b) Integrar de manera efectiva todos los servicios que ofrece el Departamento y sus Negociados.
(c) Operar como primera línea de defensa enfocada en prevenir el crimen, atender emergencias y proteger la ciudadanía.
(d) Evitar el abuso y proteger los derechos y libertades de los ciudadanos para construir una base sólida con plena confianza de la sociedad.
(e) Coordinar todos los recursos gubernamentales, así como con los del sector privado, para proveer de forma rápida y efectiva los servicios requeridos antes, durante y después de una emergencia de manera que se logre asegurar la vida y propiedad de los ciudadanos.
(f) Coordinar con los municipios y sus agencias de seguridad todos los servicios del Departamento.
(g) Proteger la vida y propiedad de todos los ciudadanos.
(h) Coordinar con agencias federales de seguridad pública para maximizar recursos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 3 - Seguridad en General
Parte I - Proteccion y Vigilancia
Capítulo 335 - Ley del Departamento de Seguridad Pública
Subcapítulo I - Departamento de Seguridad Pública
§ 3503. Departamento de Seguridad Pública
§ 3505. Deberes y facultades del Secretario
§ 3509. Transferencia de poderes
§ 3510. Oficinas del Departamento y funciones
§ 3511. Centro de Capacitación y Desarrollo de Seguridad Pública; aspectos generales
§ 3512. Junta de Evaluación Médica: Aspectos Generales
§ 3514. Funciones del Comité Ejecutivo de Seguridad de Puerto Rico
§ 3515. Oficina de Manejo de Información de Seguridad
§ 3516. Oficina de Manejo de Información de Seguridad; acceso a información de otras agencias