Se crea la Junta Examinadora de Consejeros Profesionales, la cual tendrá a su cargo la reglamentación de la práctica de la consejería profesional en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, incluyendo pero no limitándose a la concesión, denegación, suspensión y revocación de la licencia para la profesión de consejeros profesionales en Puerto Rico. La Junta estará adscrita a la Oficina de Reglamentación y Certificación de los Profesionales de la Salud del Departamento de Salud del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, bajo cuyo presupuesto operará.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 20 - Juntas Examinadoras y Asociaciones Profesionales
Capítulo 104 - Junta Examinadora de Consejeros Profesionales
§ 3242. Junta Examinadora de Consejeros Profesionales—Creación
§ 3243. Junta Examinadora de Consejeros Profesionales—Composición
§ 3245. Junta Examinadora de Consejeros Profesionales—Dietas
§ 3246. Junta Examinadora de Consejeros Profesionales—Funciones y deberes
§ 3248. Licencia—Provisional; emisión y término
§ 3249. Licencia—Exposición de certificación oficial
§ 3251. Licencia—Denegación, suspensión o revocación