(a) Educar u orientar sobre los distintos aspectos y modalidades de la naturopatía, las técnicas, estilos de vida y terapias naturales que estén en armonía con esta práctica.
(b) Interaccionar y participar con médicos y otros profesionales de la salud en el manejo interdisciplinario de la salud del paciente, si así éste lo solicita, y la institución y el profesional o los profesionales de la salud lo autorizan.
(c) Prescribir o recomendar alimentación natural o integral y otros productos naturales, no tóxicos, que no requieran prescripción médica.
(d) Practicar los siguientes métodos terapéuticos:
(1) Aromaterapia.— Terapia basada en el uso de plantas medicinales y aromáticas.
(2) Balneoterapia (vapor de aguas termales, hidroterapia).— Incluye la variedad de baños con fines terapéuticos ejecutados con agua. También se refiere a baños de aire, sol y otros.
(3) Cromoterapias.— Se refiere al uso del color en forma terapéutica.
(4) Digitopuntura o acupresión.— Técnica que utiliza la presión de los dedos sobre puntos en meridianos que se desean estimular.
(5) Fitoterapia (plantas medicinales, jarabes, cataplasmas, compresas).— Se define como herbología.
(6) Homeopatía.— Se refiere al sistema de tratamiento basado en el uso de sustancias naturales altamente diluidas y dinamizadas. No se podrá recomendar dosis mayor de la 20x a menos que el seguro de impericia profesional lo cubra.
(7) Kinesiología (toque de energía).— Técnica para lograr el balance muscular con fines terapéuticos en la cual no se utiliza ningún tipo de sustancia ni artefacto ya que se usa la propia energía del cuerpo.
(8) Lavativas y duchas.— Se refiere al uso de enemas, colónicos, duchas vaginales con fines terapéuticos para restaurar la homeostasis del sistema y/o desintoxicar. Estas no deben ser administradas por el naturópata, ni en su oficina. Las mismas deberán ser administradas por la propia persona.
(9) Masajes terapéuticos.— Se refiere al uso de masajes para fines terapéuticos.
(10) Musicoterapia.— Se refiere a la utilización de la música para fines terapéuticos.
(11) Reflexología.— Se refiere a la terapia similar a la “digitopuntura o acupresión”, limitada al área de los pies y manos, la cual establece que cualquier órgano del cuerpo puede ser estimulado desde esa zona.
(12) Biomagnetismo.— Se refiere al uso de imanes para el tratamiento de enfermedades.
(e) El naturópata podrá utilizar métodos de evaluación propios de la naturopatía.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 20 - Juntas Examinadoras y Asociaciones Profesionales
Capítulo 80A - Junta Examinadoras de Naturópatas
§ 2505. Junta—Vacantes y destitución
§ 2506. Junta—Quórum, reglamento interno y reuniones
§ 2508. Junta—Facultades y deberes
§ 2510. Licencias—Materias de examen
§ 2512. Licencias—Denegación, suspensión o revocación
§ 2515. Actividades o prácticas permitidas
§ 2516. Actividades prohibidas