2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo V - Disposiciones de Carácter Administrativo y Otras
§ 2511b. Adiestramiento

Los inspectores de sustancias controladas, según definidos por las secs. 2101 et seq. de este título, recibirán un adiestramiento especializado, en coordinación con el Departamento de Justicia y la Oficina del Superintendente de la Policía de Puerto Rico, con posterioridad a su nombramiento y previo al ejercicio de las facultades conferidas por la sec. 2511a de este título. El Secretario de Justicia o la persona que éste designe, habrá de certificar que los inspectores de sustancias controladas han recibido el adiestramiento especializado y que los mismos están capacitados para desempeñar las funciones que por las secs. 2101 et seq. de este título le son delegadas.