2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 125 - Ley de Registro y Licenciamiento de Instituciones de Educación
§ 2373. Disposiciones transitorias sobre instituciones de educación básica con modalidad acelerada

Las instituciones de educación básica con modalidad acelerada que estén operando a la fecha de vigencia de esta Ley y que no se encuentren acreditadas, contarán con un término de dieciocho (18) meses para obtener la acreditación requerida. Dentro de este término de transición, estas instituciones podrán recibir el Certificado de Cumplimiento e ingresar al Registro si cumplen con los restantes requisitos de las secs. 2360 a 2362 de este título.