(1) Evitar incorporar criterios propios del proceso de acreditación;
(2) asegurar que los procedimientos estén claramente definidos;
(3) velar por la uniformidad de los procesos y las decisiones;
(4) asegurar la consideración independiente de los asuntos según el tipo de trámite (autorización, renovación o enmienda) de modo que se logren agilizar aquellos asuntos que no requieran ser considerados por el Pleno de la Junta.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 125 - Ley de Registro y Licenciamiento de Instituciones de Educación
§ 2353. Declaración de política pública
§ 2358. Facultades y deberes del Secretario de Estado
§ 2359. Facultades y deberes de la Junta
§ 2360. Instituciones de educación básica
§ 2361. Instituciones de educación básica con modalidad acelerada
§ 2362. Certificación de Cumplimiento y Registro de Instituciones de Educación Básica
§ 2363. Instituciones de educación postsecundaria
§ 2364. Custodia de expedientes de instituciones que cesen operaciones
§ 2371. Transferencia de recursos e instalaciones
§ 2372. Disposiciones transitorias
§ 2373. Disposiciones transitorias sobre instituciones de educación básica con modalidad acelerada