2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 13A - Seguro de Vida y de Rentas Anuales
§ 1339. Beneficiario

La póliza deberá contener una cláusula, de beneficiario. La misma deberá describir los términos y condiciones para la designación o cambio de beneficiarios, o para seleccionar beneficiarios automáticos, como sea necesario, e indicar cuándo dicha designación es efectiva. La póliza deberá establecer esos cambios en beneficiario, a menos que, de otra manera, se especifique por el dueño, sujeto a cualquier pago hecho o acción tomada por la compañía con prioridad al recibo de esta notificación. Si se hace referencia a beneficiarios irrevocables en la póliza, la misma deberá explicar que dicho beneficiario no se puede cambiar sin el consentimiento del beneficiario irrevocable.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 26 - Seguros

Subtítulo 1 - Seguros en General

Capítulo 13A - Seguro de Vida y de Rentas Anuales

§ 1336. Alcance del capítulo

§ 1337. Disposiciones uniformes requeridas

§ 1338. Derecho a examinar la póliza

§ 1339. Beneficiario

§ 1340. Período de gracia

§ 1341. Contrato único

§ 1343. Clasificación de fumador expresado incorrectamente

§ 1345. Participación en excedente

§ 1346. Préstamo sobre póliza

§ 1347. Tabla de plazos

§ 1348. Rehabilitación

§ 1349. Liquidación al comprobarse la muerte

§ 1350. Contratos de rentas anuales y de seguro dotal puro, disposiciones uniformes requeridas

§ 1351. Período de gracia

§ 1352. Incontestabilidad

§ 1353. Otorgamiento único

§ 1354. Edad o sexo expresado incorrectamente

§ 1355. Dividendos

§ 1356. Rehabilitación

§ 1357. Rentas anuales reversibles, disposiciones uniformes requeridas

§ 1358. Disposiciones para rentas anuales reversibles iguales que para otras rentas anuales

§ 1359. Rehabilitación de rentas anuales reversibles

§ 1360. Limitación de la responsabilidad

§ 1361. Incontestabilidad después de rehabilitación

§ 1362. Liquidaciones de pólizas

§ 1363. Disposición de beneficios misceláneos

§ 1364. Seguro de vida con arreglo a un plan de franquicia

§ 1365. Planes prohibidos

§ 1366. Ley de no caducidad

§ 1367. Aseguradores del país

§ 1368. Requisito de declaración en contrato

§ 1369. Requisito de certificado de autoridad

§ 1370. Inversiones independientes

§ 1371. Ingreso, ganancias y pérdidas

§ 1372. Compañía de seguros no fiduciaria

§ 1373. Aplicación; excepciones; reserva de responsabilidad

§ 1374. Autoridad del Comisionado

§ 1375. Beneficios garantizados

§ 1376. Tasación de activos en cuentas separadas

§ 1377. Derechos especiales a personas que inviertan en cuentas separadas

§ 1378. Aplicabilidad de la Ley de Compañías de Inversiones

§ 1379. Ley Uniforme de Valores