Se asigna al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, con cargo a los fondos no comprometidos del Tesoro Estatal, la cantidad de dos millones (2,000,000) de dólares para el uso del Programa. En años fiscales subsiguientes los fondos que se estimen necesarios para llevar a cabo la consecución de los objetivos de este capítulo se consignarán en el presupuesto de gastos del Estado Libre Asociado.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 5 - Calidad Ambiental
Capítulo 124 - Programa de Patrimonio Natural
§ 1225. Título corto; creación
§ 1228. Facultades del Secretario
§ 1230. Fondos—Contabilización; utilización
§ 1232. Fondos—Pareo por convenio con organización sin fines de lucro
§ 1233. Fondos—Uso restringido