2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 124 - Programa de Patrimonio Natural
§ 1228. Facultades del Secretario

(1) Entrar en contratos y acuerdos con agencias del Gobierno del Estado Libre Asociado y del gobierno de los Estados Unidos y con organizaciones sin fines de lucro para el traspaso o manejo de áreas de valor natural.
(2) Aceptar donaciones de dinero, así como de bienes y derechos muebles o inmuebles, por parte de personas o de entidades privadas con o sin fines de lucro.
(3) Recibir asignaciones legislativas para la adquisición o manejo de áreas de valor natural.
(4) Adquirir terrenos mediante compra, donación, legado, permuta, expropiación o de cualquier otro modo legal, de cualquier persona natural o jurídica, agencia del Gobierno o del gobierno de los Estados Unidos de América.
(5) Tomar dinero a préstamo para la adquisición de áreas de valor natural dentro de lo dispuesto por este capítulo previa autorización de la Oficina de Gerencia y Presupuesto.
(6) Recomendar a la Junta de Planificación la designación como reserva natural de cualquier área incluida en el inventario de áreas de valor natural por el Programa de Patrimonio Natural.