(1) Inscripciones especiales con respecto a fianzas de fidelidad o garantía requeridas por ley, por un tribunal, por orden ejecutiva, o por la orden, regla o reglamento de un organismo público.
(2) Tipos específicos sobre riesgos de transporte terrestre para los cuales se fijen tipos individuales por un organismo tarifador.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Seguros en General
Capítulo 12 - Tipos y Organismos Tarifadores
§ 1204. Bases para la fijación de tipos
§ 1205. Requisitos de inscripción
§ 1206. Fecha de efectividad de la inscripción; revisión, desaprobación
§ 1207. Inscripciones especiales
§ 1208. Dispensa de presentación
§ 1210. Denegación de inscripción
§ 1211. Desaprobación de inscripción especial
§ 1212. Desaprobación subsiguiente
§ 1213. Cumplimiento con inscripción
§ 1215. Informes estadísticos requeridos
§ 1216. Clasificación uniforme de cuentas
§ 1217. Intercambio de experiencia
§ 1218. Cooperación sobre fijación de tipos
§ 1219. Denegación de informes; informes falsos
§ 1221. Organismos tarifadores, licencias
§ 1222. Suspensión, revocación de licencia
§ 1223. Cambios en organismos tarifadores, aviso
§ 1224. Responsabilidad de los funcionarios de organismos tarifadores no incorporados
§ 1226. No se podrá prohibir ni reglamentar dividendos
§ 1228. Información a asegurados
§ 1229. Protección de productores
§ 1230. Apelación contra organismo tarifador
§ 1231. Querellas de asegurados—Vista
§ 1233. Examen de organismos tarifadores
§ 1234. Seguro mancomunado o reaseguro mancomunado
§ 1235. Organismos asesores—Autorización
§ 1236. Organismos asesores—Actividades injustas
§ 1237. Organismos asesores—Descalificación