2020 Laws of Puerto Rico
XIV. APELACIONES
Regla 196. Contenido del escrito de apelación

El escrito de apelación especificará el nombre o nombres de los acusados apelantes; designará la sentencia de la cual se apela, y especificará que la apelación se establece para ante el Tribunal de Circuito de Apelaciones. Especificará además el circuito al que corresponde la apelación e indicará si los apelantes se encuentran en libertad bajo fianza, en probatoria o recluidos en una institución penal. Se identificará en el escrito cualquier otro recurso sobre el mismo caso que se encuentre pendiente a la fecha de radicación. El escrito contendrá un señalamiento breve y conciso de los errores en que se fundamenta la apelación. En ningún caso se variará el título de una causa por razón de la apelación establecida.