Se ordena a las entidades obligadas bajo las secs. 926a a 926c de este título a instituir un procedimiento administrativo expedito, mediante el cual se provea un remedio rápido y efectivo a todo aquel licitador que impugne la legalidad de la subasta o cualquier otro procedimiento adjudicativo de bienes o servicios no profesionales, cuando se contravienen las disposiciones de las secs. 926a a 926c de este título y las exigencias de la Ley Núm. 42. Tal impugnación se regirá de conformidad con los derechos a reconsideración y revisión judicial establecidos en las secs. 9601 et seq. de este título, conocidas como la “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme”, los cuales amparan a todo licitador que resulte perjudicado por una adjudicación adversa. La impugnación tendrá el efecto de suspender la validez y exigibilidad de las obligaciones contraídas en la subasta o en otros procedimientos adjudicativos, hasta tanto se resuelva en forma definitiva la impugnación incoada ante estas dependencias gubernamentales.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 37 - Suministros y Servicios al Gobierno
§ 898. Permuta y venta de equipo del Gobierno por ciertas agencias
§ 899. Permuta y venta de equipo del Gobierno por ciertas agencias—Reglas para el cumplimiento
§ 900. Transacciones intergubernamentales sin subasta pública
§ 901. Traspaso de contrato u orden del Gobierno, prohibido; fiadores excluidos
§ 902. Traspaso de reclamaciones contra el Gobierno; impresos
§ 904c. Oficinas, moblaje y facilidades para las cooperativas de empleados del Gobierno
§ 914-1. Compras de equipo de alta eficiencia energética
§ 914-2. Aplicabilidad de reglamentación
§ 914-3. Adopción de las guías
§ 914-5. Reglamentación; término para revisarla
§ 914-6. Informe de progreso bianual
§ 926. Centro de máquinas electrónicas
§ 926b. Procedimientos y reglamentos internos
§ 926c. Procedimiento administrativo expedito
§ 926d. Distribución de recursos presupuestos; política pública
§ 926e. Contratación de compra de gasolina para vehículos oficiales
§ 926g. Continuidad de servicios telecomunicaciones en las entidades gubernamentales