Sin perjuicio de la excepción provista en los tres (3) párrafos finales de la sec. 902 de este título, ningún contrato u orden, o interés en el mismo, podrá traspasarse a un tercero por la persona a quien se hubiere adjudicado, aparejando dicho traspaso la anulación del respectivo contrato u orden, por lo que respecta al Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Reservándose, sin embargo, al Estado Libre Asociado de Puerto Rico todos sus derechos para ejercitar su acción por cualquier quebrantamiento del contrato por parte del contratista; Disponiéndose, que las prescripciones de esta sección no se aplicarán al caso de un contratista que por haber quebrado o faltado al cumplimiento de su contrato lo cediere con el consentimiento del jefe del respectivo departamento, a los fiadores responsables del cumplimiento del contrato siempre que éstos estuvieren dispuestos a hacerse cargo de él y lo llevaren a cabo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 37 - Suministros y Servicios al Gobierno
§ 898. Permuta y venta de equipo del Gobierno por ciertas agencias
§ 899. Permuta y venta de equipo del Gobierno por ciertas agencias—Reglas para el cumplimiento
§ 900. Transacciones intergubernamentales sin subasta pública
§ 901. Traspaso de contrato u orden del Gobierno, prohibido; fiadores excluidos
§ 902. Traspaso de reclamaciones contra el Gobierno; impresos
§ 904c. Oficinas, moblaje y facilidades para las cooperativas de empleados del Gobierno
§ 914-1. Compras de equipo de alta eficiencia energética
§ 914-2. Aplicabilidad de reglamentación
§ 914-3. Adopción de las guías
§ 914-5. Reglamentación; término para revisarla
§ 914-6. Informe de progreso bianual
§ 926. Centro de máquinas electrónicas
§ 926b. Procedimientos y reglamentos internos
§ 926c. Procedimiento administrativo expedito
§ 926d. Distribución de recursos presupuestos; política pública
§ 926e. Contratación de compra de gasolina para vehículos oficiales
§ 926g. Continuidad de servicios telecomunicaciones en las entidades gubernamentales