2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Contratos de Rendimiento Energético
§ 8971. Fianza de pago y cumplimiento

Como condición para otorgar un contrato de rendimiento energético, el proveedor de servicios energéticos cualificado deberá presentar evidencia de una fianza de cumplimiento contractual a favor de la unidad gubernamental. La fianza será emitida por un asegurador autorizado por el Comisionado de Seguros a hacer negocios en esta jurisdicción que posea, como mínimo, una calificación B en la publicación A.M. Best. La fianza tendrá el propósito de garantizar las medidas y representaciones contractuales de ahorro energético hechas por el proveedor de servicios energéticos cualificado, según acordadas en el contrato de rendimiento energético.