(1) Proveer la asesoría e información necesaria a la unidad gubernamental para la consumación de los contratos de rendimiento energético.
(2) Establecer las normas que definan los pasos para llevar a cabo el proceso de otorgar el contrato de rendimiento energético.
(3) Cualificar a los proveedores de servicios energéticos, según los criterios y el proceso establecido por la Administración.
(4) Mantener y actualizar anualmente una lista de proveedores de servicios energéticos cualificados.
(5) Proveer orientación general a las unidades gubernamentales en la negociación del contrato básico y las tablas de precios con los proveedores de servicios energéticos cualificados en los casos en que la Administración entienda que proceda.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 109 - Ley de Contratos de Rendimiento Energético
Subcapítulo II - Contratos de Rendimiento Energético
§ 8963. Poderes de la Administración
§ 8966. Selección del proveedor de servicios energéticos cualificado
§ 8969. Personal diestro y especializado
§ 8971. Fianza de pago y cumplimiento
§ 8972. Mecanismo de medición y verificación independiente
§ 8974. Programación de pagos y ahorros
§ 8977. Disposiciones sobre contingencias
§ 8978. Uso de los ahorros obtenidos de los contratos de rendimiento energético