2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 507 - Ley de Reciclaje y Disposición de Equipos Electrónicos de Puerto Rico
§ 8157b. Facultades y deberes—Municipios

(a) Con el apoyo de la Autoridad y la Junta, coordinar para el control y supervisión de toda persona que almacene equipos electrónicos desechados para que cumpla con los requisitos dispuestos en este capítulo.
(b) Los municipios deberán aprobar ordenanzas de conformidad con lo dispuesto en este capítulo para viabilizar su cumplimiento y el desarrollo e implantación de las actividades de manejo y disposición de equipos electrónicos desechados.
(c) Los municipios no permitirán que las compañías contratadas para el acarreo de desperdicios sólidos no peligrosos municipales transporten equipos electrónicos desechados mezclados con estos desperdicios, ni que se depositen los mismos en sistemas de relleno sanitario o vertederos.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 12 - Conservación

Subtítulo 8 - Calidad Ambiental II

Capítulo 507 - Ley de Reciclaje y Disposición de Equipos Electrónicos de Puerto Rico

§ 8151. Definiciones y excepciones

§ 8152. Prohibición de disposición como desperdicios ordinarios; inclusión de desperdicios electrónicos como categoría de desperdicio especial

§ 8153. Reciclaje obligatorio de equipo electrónico y de telefonía celular

§ 8153a. Robo de identidad, protección y destrucción de información electrónica

§ 8154. Programa voluntario para obtener certificación de empresa verde

§ 8155. Requisitos para la importación, distribución, venta o alquiler de equipos electrónicos o celulares

§ 8155a. Registro oficial

§ 8155b. Información al consumidor

§ 8156. Plan de reciclaje y disposición

§ 8156a. Plan de reciclaje y disposición—Diseño

§ 8156b. Plan de reciclaje y disposición—Revisión y aprobación

§ 8156c. Plan de reciclaje y disposición—Cambio, notificación

§ 8156d. Plan de reciclaje y disposición—Servicios de venta o arrendamiento de equipos electrónicos

§ 8156e. Plan de reciclaje y disposición—Penalidades

§ 8157. Facultades y deberes—Junta de Calidad Ambiental

§ 8157a. Facultades y deberes—Autoridad para el Manejo de Desperdicios Sólidos

§ 8157b. Facultades y deberes—Municipios

§ 8158. Programas de acopio y reciclaje

§ 8158a. Formación de empresas para actividades de reciclaje

§ 8158b. Franquicia

§ 8159. Telefonía celular—Disposición por el consumidor

§ 8159a. Telefonía celular—Lugar para entrega, recibo y almacenaje

§ 8159b. Telefonía celular—Sistema adecuado

§ 8160. Recolectores y acarreadores

§ 8160a. Instalaciones de reciclaje, procesamiento o disposición final de equipos electrónicos desechados, descartados, obsoletos o inservibles

§ 8160c. Requisitos de manejo

§ 8161. Proyectos

§ 8161a. Gestiones ante agencias federales

§ 8162. Legislación federal