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    • 2020 Laws of Puerto Rico
    • Título 23 - Planificación y Fomento Público
    • Parte III - Estabilizacion Economica
    • Capítulo 55 - Reglamentación de Negocios de Areas para Estacionamiento Público de Vehículos de Motor
    • § 810. Personas que operen más de un área de estacionamiento público

    2020 Laws of Puerto Rico
    Capítulo 55 - Reglamentación de Negocios de Areas para Estacionamiento Público de Vehículos de Motor
    § 810. Personas que operen más de un área de estacionamiento público

    Toda persona que opere más de un área de estacionamiento público deberá obtener del Departamento de Asuntos del Consumidor tantas licencias como áreas opere. También deberá poseer y mantener los seguros o la debida fianza para cada área de estacionamiento.

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    Structure 2020 Laws of Puerto Rico

    2020 Laws of Puerto Rico

    Título 23 - Planificación y Fomento Público

    Parte III - Estabilizacion Economica

    Capítulo 55 - Reglamentación de Negocios de Areas para Estacionamiento Público de Vehículos de Motor

    § 805. Título corto

    § 806. Definiciones

    § 807. Poderes y facultades del Secretario

    § 808. Licencias

    § 808a. Siembra de árboles

    § 810. Personas que operen más de un área de estacionamiento público

    § 811. Causas para la revocación o suspensión de licencias

    § 812. Jurisdicción del Departamento de Asuntos del Consumidor para resolver reclamaciones de usuarios por daños sufridos o cobro indebido de tarifa

    § 814. Petición de reconsideración

    § 815. Revisión judicial

    § 816. Injunction

    § 817. Multas administrativas

    § 818. Excepción

    § 818a. Presentación de las licencias de vehículos y de conducir

    § 819. Vigencia de reglamentos

    § 820. Reglamentación

    § 821. Penalidades

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