Los gastos de viaje a que se refiere la sec. 746 de este título incluyen además de la transportación de los miembros de la familia del empleado, los gastos de transportación de sus efectos personales, y pertenencias domésticas, el costo de transportación del mobiliario hasta una cantidad de cuatro mil dólares ($4,000) pero sin incluir artículos decorativos de clase alguna; así como tampoco bienes semovientes. Disponiéndose, que para la contratación y pago de estos servicios de transportación de mobiliario, se seguirá el procedimiento formal de compras que utilice el departamento, instrumentalidad, agencia u oficina que requiere el traslado. Se dispone sin embargo que el pago de los gastos de viaje y transportación que se autorizan en dicha sección, no se pagarán a menos que el empleado que se seleccione para ocupar dicho puesto se comprometa por escrito a permanecer en dicho puesto por un término no menor de 24 meses, desde la fecha de efectividad de su nombramiento, a menos que fuera separado de su empleo por incapacidad física permanente o cualquier otra causa no atribuible al empleado; y en caso de que el empleado no cumpliere con dicha promesa, cualquier cantidad de dinero que hubiere gastado la dependencia gubernamental en el viaje y transportación de dicho empleado y su familia será recobrada del mismo como si fuera una deuda del empleado a favor de la dependencia gubernamental. El empleado prestará una fianza, a satisfacción del Secretario de Hacienda, para garantizar el cumplimiento de esa obligación. Para los efectos de las secs. 746 a 748 de este título el término “familia” comprenderá los dependientes del empleado, que bajo un mismo techo convivan con el, y que habrán de continuar viviendo con él y dependiendo de él en su nueva residencia.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 31 - Retribución y Bonificaciones al Personal del Gobierno
§ 726. Deducciones de primas del Seguro de Vida del Servicio Nacional
§ 729a. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Título abreviado
§ 729b. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Creación del plan
§ 729c. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Definiciones
§ 729d. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Autoridad contratante
§ 729e. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Planes de beneficios de salud
§ 729f. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Tipos de beneficios
§ 729g. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Elección de cubierta
§ 729h. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Aportaciones
§ 729i. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Administración
§ 729j. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Estudios e informes
§ 729k. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Informe al Gobernador
§ 729l. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Jurisdicción original
§ 729m. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Contratación directa
§ 729n. Aplicabilidad de otras disposiciones
§ 737. Servicio de Riego de Isabela—Beneficios extendidos a empleados
§ 742. Aumentos de sueldos—Personal excluido
§ 743. Aumentos de sueldos—Pago de fondos especiales
§ 745. Aumentos de sueldos—Reglamentación; transferencia de fondos
§ 746. Gastos de viaje del personal y sus familias
§ 748. Gastos de viaje del personal y sus familias—Reglamentación
§ 751. Deducciones para compra de bonos
§ 752. Deducciones para compra de bonos—Compra
§ 753. Deducciones para la compra de bonos—Deberes de la agencia retenedora
§ 754. Deducciones para compra de bonos—Deberes de la agencia retenedora—Emisión de los bonos
§ 755b. Descuentos para cuentas de retiro individual—Depósito en entidad bancaria seleccionada
§ 755c. Depósito directo de salarios—Ley que rige
§ 755d. Depósito directo de salarios—Definiciones
§ 756. Deducción por primas de planes de salud
§ 757b. Bono de Navidad—Requisitos
§ 757c. Bono de Navidad—Consignación de fondos
§ 757d. Bono de Navidad—Exclusiones
§ 757e. Bono de Navidad—Exención de deducciones
§ 757f. Bono de Navidad—Excepciones
§ 757g. Bono de verano—Creación
§ 757h. Bono de verano para maestros—Creación
§ 757i. Depósito directo de salarios