(a) Aunque no ocurre con mucha frecuencia, sin embargo, de vez en cuando funcionarios enviados a Estados Unidos o a países extranjeros, en misión oficial, y becarios del Gobierno Estatal enviados a estudiar fuera de Puerto Rico, fallecen mientras se encuentran ausentes de la Isla y todavía en el desempeño de la misión que les fue encomendada. Cuando esto ocurre, los familiares se ven en la necesidad de incurrir en gastos, que a veces no están en condiciones económicas de afrontar, para embalsamar y trasladar los cadáveres a Puerto Rico. No parece justo que ante una situación semejante, el Gobierno, por falta de legislación, se vea impedido de sufragar tales gastos.
(b) Se faculta y ordena al Secretario de Hacienda para que, cuando ocurra una situación como la descrita en el inciso (a) de esta sección, pague, con la aprobación del Gobernador, a los familiares del empleado funcionario o becario del Gobierno Estatal fallecido, o a quien pagó por dichos familiares o haya prestado los servicios a crédito, según sea el caso, los gastos en que se hubiere incurrido con motivo del embalsamamiento y traslado del cadáver a Puerto Rico, de cualesquiera fondos en el Tesoro del Estado Libre Asociado de Puerto Rico no destinados para otras atenciones. Dichos gastos deberán ser razonables y moderados, y el Secretario de Hacienda exigirá la presentación de los recibos u otra evidencia que él crea necesaria para comprobar dichos gastos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 31 - Retribución y Bonificaciones al Personal del Gobierno
§ 726. Deducciones de primas del Seguro de Vida del Servicio Nacional
§ 729a. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Título abreviado
§ 729b. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Creación del plan
§ 729c. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Definiciones
§ 729d. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Autoridad contratante
§ 729e. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Planes de beneficios de salud
§ 729f. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Tipos de beneficios
§ 729g. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Elección de cubierta
§ 729h. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Aportaciones
§ 729i. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Administración
§ 729j. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Estudios e informes
§ 729k. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Informe al Gobernador
§ 729l. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Jurisdicción original
§ 729m. Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos—Contratación directa
§ 729n. Aplicabilidad de otras disposiciones
§ 737. Servicio de Riego de Isabela—Beneficios extendidos a empleados
§ 742. Aumentos de sueldos—Personal excluido
§ 743. Aumentos de sueldos—Pago de fondos especiales
§ 745. Aumentos de sueldos—Reglamentación; transferencia de fondos
§ 746. Gastos de viaje del personal y sus familias
§ 748. Gastos de viaje del personal y sus familias—Reglamentación
§ 751. Deducciones para compra de bonos
§ 752. Deducciones para compra de bonos—Compra
§ 753. Deducciones para la compra de bonos—Deberes de la agencia retenedora
§ 754. Deducciones para compra de bonos—Deberes de la agencia retenedora—Emisión de los bonos
§ 755b. Descuentos para cuentas de retiro individual—Depósito en entidad bancaria seleccionada
§ 755c. Depósito directo de salarios—Ley que rige
§ 755d. Depósito directo de salarios—Definiciones
§ 756. Deducción por primas de planes de salud
§ 757b. Bono de Navidad—Requisitos
§ 757c. Bono de Navidad—Consignación de fondos
§ 757d. Bono de Navidad—Exclusiones
§ 757e. Bono de Navidad—Exención de deducciones
§ 757f. Bono de Navidad—Excepciones
§ 757g. Bono de verano—Creación
§ 757h. Bono de verano para maestros—Creación
§ 757i. Depósito directo de salarios