2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 35 - Autoridad Metropolitana de Autobuses
§ 620. Informes

(1) Un estado financiero de cuentas e informe completo de los negocios de la Autoridad durante el año económico precedente y
(2) un informe completo del estado y progreso de todas sus actividades desde la creación de la Autoridad, o desde la fecha del último de estos informes. La Autoridad someterá también a la Asamblea Legislativa y al Gobernador de Puerto Rico, en aquellas otras ocasiones en que se le requiera, informes oficiales de sus negocios y actividades de acuerdo con este capítulo.