Los bonos emitidos por la Autoridad no constituirán una deuda del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, ni ninguno de sus municipios o subdivisiones políticas; y ni el Estado Libre Asociado de Puerto Rico ni ninguno de dichos municipios o subdivisiones políticas tendrán responsabilidad en cuanto a los mismos, ni serán los bonos pagaderos de otros fondos que no sean los de la Autoridad.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Capítulo 35 - Autoridad Metropolitana de Autobuses
§ 607. Funcionarios y empleados
§ 610. Adquisición de propiedades por el Estado Libre Asociado de Puerto Rico para la Autoridad
§ 611. Concesión de propiedades por municipios y subdivisiones políticas a la Autoridad
§ 613. Derecho a nombramiento de síndico por falta de pago
§ 614. Convenio del Gobierno Estadual
§ 615. Recursos a que tienen derecho los tenedores de bonos
§ 616. Estado Libre Asociado no tendrá responsabilidad en cuanto a los bonos
§ 617. Bonos serán inversiones legales
§ 618. Declaración de utilidad pública