Ninguna de estas corporaciones girará ni recibirá dinero de los fondos públicos para el mantenimiento de los niños que fuesen recluidos de acuerdo con las disposiciones de las secs. 61 a 67 de este título, a menos que la sala del Tribunal de Distrito del lugar de residencia del niño hubiese resuelto, que el niño no tiene parientes, padres o tutor vivos, o que sus parientes, padres o tutor, si viven, son indigentes y no pueden contribuir al mantenimiento del niño.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 8 - Bienestar Público e Instituciones Caritativas
Capítulo 3 - Instituciones para el Cuidado de Niños
§ 51. Hogares estatales para niños—Dirección por el Departamento de la Familia
§ 52. Hogares estatales para niños—Administración por la División de Bienestar Público
§ 53. Hogares estatales para niños—Trabajo educativo en los hogares
§ 54. Hogares estatales para niños—Reglamentación
§ 55. Hogares estatales para niños—Admisión de niños
§ 56. Hogares estatales para niños—Investigación de solicitudes de admisión
§ 57. Instituto Loaíza Cordero de Niños Ciegos—Terrenos
§ 57a. Instituto Loaíza Cordero de Niños Ciegos—Excepciones respecto de los terrenos
§ 57b. Instituto Loaíza Cordero de Niños Ciegos—Transferencia de edificaciones
§ 57c. Instituto Loaíza Cordero de Niños Ciegos—Edificaciones sólo para el Instituto
§ 58. Instituto Loaíza Cordero de Niños Ciegos—Edificios erigidos con fondos particulares
§ 59. Instituto Loaíza Cordero de Niños Ciegos—Título oficial de la escuela
§ 60. Refugio de Niños Desamparados
§ 61. Instituciones incorporadas
§ 62. Instituciones incorporadas—Determinación de indigencia
§ 63. Instituciones incorporadas—Responsabilidad del alcalde del municipio
§ 64. Instituciones incorporadas—Custodia del niño
§ 65. Instituciones incorporadas—Obligación de servir
§ 66. Instituciones incorporadas—Alquiler de niños, prohibido
§ 67. Instituciones incorporadas—Registros de instituciones públicas y privadas
§ 68. Licencia y supervisión de instituciones privadas para niños—Definiciones
§ 71. Licencia y supervisión de instituciones privadas para niños—Inspección de instituciones
§ 74. Licencia y supervisión de instituciones privadas para niños—Derecho de apelación
§ 76. Licencia y supervisión de instituciones privadas para niños—Reglamentación
§ 77. Licencia y supervisión de instituciones privadas para niños—Penalidades
§ 78a. Establecimientos registrados—Publicación de información