(1) Nombre, dirección y edad del solicitante.
(2) Nombre, dirección y edad del agente autorizado por el solicitante para recibir, usar, almacenar, poseer o transportar los explosivos o sustancias que puedan utilizarse para fabricar explosivos.
(3) El lugar donde, y el propósito para el cual, los explosivos o sustancias que puedan utilizarse para fabricar explosivos serán usados, almacenados, o transportados.
(4) El nombre y la cantidad de explosivos para el cual se solicita permiso.
(5) La firma del solicitante.
(6) Declaración del solicitante, y de cada uno de sus agentes, donde se haga constar, por cada declarante, si ha sido convicto por delito grave en o fuera de Puerto Rico, durante los últimos 15 años.
(7) Toda otra información pertinente que el Superintendente establezca por reglamento.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte V - Reglamentacion de Armas de Fuego, Explosivos y Otros Artefactos Peligrosos
Capítulo 59 - Ley de Explosivos
§ 565. Permisos—Expedición y denegación
§ 567. Permisos—Renovación y prórroga
§ 568. Permisos—Suspensión o revocación
§ 579. Robo o pérdida de explosivos
§ 580. Entrada a lugares que contengan explosivos
§ 581. Personas menores de 18 años
§ 586. Penalidad por uso ilegal
§ 587. Penalidad por posesión con propósitos ilegales
§ 589. Posesión como evidencia prima facie de intención ilegal