2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 29 - Junta Examinadora de Especialistas en Belleza
§ 560. Reembolso

(a) Dichos derechos fueron percibidos en exceso de la cantidad requerida por este capítulo, en cuyo caso el reembolso será la diferencia entre el dinero pagado y la cantidad fijada.
(b) La licencia solicitada ha sido denegada.
(c) La persona que radicó la solicitud de licencia falleció con anterioridad a la expedición de la misma.
(d) La persona a cuyo favor la licencia fue extendida se ha alistado o en alguna otra forma ha sido elegida para servicio activo federal militar, naval o marítimo o en una rama a división del mismo, en cuyo caso el reembolso será en proporción al número de meses no vencidos para la fecha del alistamiento o elección militar.