Los salones y escuelas de belleza deberán ajustarse a las disposiciones y reglamentos sanitarios del Departamento de Salud de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 20 - Juntas Examinadoras y Asociaciones Profesionales
Capítulo 29 - Junta Examinadora de Especialistas en Belleza
§ 554. Junta Examinadora de Especialistas en Belleza
§ 556. Licencia sin examen; licencia provisional
§ 557. Disposiciones sanitarias
§ 558. Licencias, exhibición y duplicación
§ 561. Cancelación o suspensión de licencia—Motivos
§ 562. Cancelación o suspensión de licencia—Formulación de cargos; celebración de vistas
§ 563. Cancelación o suspensión de licencia—Revisión judicial