El Programa de Retiro Temprano será efectivo a partir del 1 al 31 de diciembre de 2000.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 83 - Retiro Temprano de los Empleados del Gobierno
Subcapítulo II - Programa de Retiro Temprano de 2000
§ 5021. Coordinación con Seguro Social
§ 5022. Pensión a cónyuge supérstite e hijos
§ 5023. Pagos mensuales—Anualidades vitalicias
§ 5024. Efecto de la elección de retiro
§ 5025. Deudas de participantes
§ 5028. Exención contributiva para aportaciones