Toda aportación de dinero hecha por un participante al Sistema de Retiro estará exenta del pago de toda clase de contribuciones al serle distribuidos los beneficios del programa.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 83 - Retiro Temprano de los Empleados del Gobierno
Subcapítulo II - Programa de Retiro Temprano de 2000
§ 5021. Coordinación con Seguro Social
§ 5022. Pensión a cónyuge supérstite e hijos
§ 5023. Pagos mensuales—Anualidades vitalicias
§ 5024. Efecto de la elección de retiro
§ 5025. Deudas de participantes
§ 5028. Exención contributiva para aportaciones