(1) Ciclo electoral cuatrienal de la Elección General 2020.—
(a) No se autorizará la inscripción, la reactivación, la transferencia y tampoco la reubicación de ningún elector para la Elección General de 2020, en o dentro del término de cincuenta (50) días previos a la elección.
(b) Se garantiza el derecho absoluto del elector a votar en el precinto y la unidad electoral de su inscripción cuando el cambio de domicilio a otro precinto o unidad electoral ocurra dentro de los cincuenta (50) días anteriores a la votación.
(c) Este término nunca será mayor a los cincuenta (50) días previos a cualquier votación y la Comisión deberá ejercer su mayor esfuerzo para reducirlo al mínimo posible en la medida que se establezcan los sistemas tecnológicos dispuestos en la sec. 4523 de este título.
(2) Ciclo Electoral Cuatrienal de la Elección General 2024.—
(a) A partir de este ciclo, no se autorizará la inscripción, la reactivación, la transferencia y tampoco la reubicación de ningún elector para la Elección General de 2024 y las sucesivas, a partir de los treinta (30) días previos a esta.
(b) Se garantiza el derecho absoluto del elector a votar en el precinto y la unidad electoral de su inscripción cuando el cambio de domicilio a otro precinto o unidad electoral ocurra dentro de los treinta (30) días anteriores a la votación.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 16 - Elecciones e Inscripciones
Subtítulo 7 - Código Electoral de Puerto Rico de 2020
Capítulo 424 - Electores, Registro General, Transacciones y Recusaciones
§ 4561. Derechos y prerrogativas de los electores
§ 4563. Requisitos del elector
§ 4565. Impedimentos para votar
§ 4567. Registro General de Electores
§ 4569. Transacción electoral para solicitud de inscripción
§ 4571. Fechas límites para transacciones electorales
§ 4573. Tarjeta de identificación electoral
§ 4574. Evaluación de las transacciones electorales
§ 4575. Errores en transacciones electorales
§ 4576. Recusación de electores