El Fideicomiso se nutrirá de aquellos fondos o propiedades que le cedan o donen para beneficio de los programas que administre el Fideicomiso; y de aquellas otras cantidades que sean, de tiempo en tiempo, donadas o cedidas al Fideicomiso por cualquier persona natural o jurídica o por los Gobiernos de Estados Unidos y de Puerto Rico. Este fondo se denominará como Fondo Permanente.