2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 238 - Corporaciones Profesionales
§ 3931. Precio de las acciones

Si el certificado de incorporación o los estatutos corporativos de una corporación profesional no fijan un precio al cual la corporación profesional o sus accionistas podrán comprar las acciones de un accionista fallecido, retirado, expulsado, o descalificado, y si el certificado de incorporación o los estatutos corporativos no disponen otra cosa, el precio de las acciones será el valor en los libros, calculado al último día del mes, inmediatamente antes de la muerte, retiro, expulsión o descalificación del accionista. El valor en los libros será determinado por un contador público autorizado independiente, contratado por la corporación profesional. La determinación del valor en los libros por parte del contador público autorizado independiente será final para la corporación profesional y sus accionistas.