2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 17 - Beneficios para los Maestros
§ 381. Deducciones de la pensión o renta anual vitalicia para cuotas o seguro—Pago de las cantidades deducidas

La Junta de Retiro para Maestros pondrá a la disposición de la Asociación de Maestros de Puerto Rico, de la Asociación de Empleados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, de la Cooperativa de Crédito de los Maestros de Puerto Rico, o de la Oficina Federal de Rentas Internas en cheque expedido a favor de dichas asociaciones las cantidades así deducidas.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 18 - Educación

Parte I - Escuelas Publicas

Capítulo 17 - Beneficios para los Maestros

§ 366b. Contribución de los maestros al Fondo—Aumento en las pensiones

§ 366c. Contribución de los maestros al Fondo—Aumento en las pensiones inferiores a $3,600 al año

§ 367. Préstamos sobre hogares para maestros—Importe y pagos

§ 368. Préstamos sobre hogares para maestros—Fondos para préstamos; intereses

§ 369. Préstamos sobre hogares para maestros—Garantía para los préstamos; reglamentación

§ 370. Préstamos sobre hogares para maestros—Secretario de Justicia aprobará condiciones legales y garantía

§ 371. Préstamos sobre hogares para maestros—Limitación a fondos de préstamos

§ 372. Junta de Retiro autorizada a vender créditos hipotecarios en pública subasta

§ 373. Granja del Maestro—Definición

§ 374. Granja del Maestro—Localización; ocupación; administración

§ 375. Granja del Maestro—Adquisición y conservación a cargo de la Autoridad de Tierras

§ 376. Hogares para los maestros—Contribución para La Egida del Maestro

§ 377. Hogares para los maestros—Pagos; fondo de depósito

§ 378. Hogares para los maestros—Edificios para el hogar

§ 379. Hogares para los maestros—Condiciones para poder hacer contribuciones

§ 380. Deducciones de la pensión o renta anual vitalicia para cuotas o seguro

§ 381. Deducciones de la pensión o renta anual vitalicia para cuotas o seguro—Pago de las cantidades deducidas

§ 382. Deducciones del sueldo para beneficios de enfermedad, accidentes, servicios médicos y seguro de vida