Los fondos generados por el Negociado del Cuerpo de Bomberos por virtud de las inspecciones que realizan al amparo de las disposiciones de este capítulo serán utilizados, en primera instancia, para sufragar el aumento de salario concedido mediante la “Ley de Ajuste Salarial para los miembros del Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico”. Cualquier sobrante ingresara al Fondo General.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 3 - Seguridad en General
Parte I - Proteccion y Vigilancia
Capítulo 335 - Ley del Departamento de Seguridad Pública
Subcapítulo III - Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico
§ 3561. Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico
§ 3564. Comisionado del Cuerpo de Bomberos; Deberes y Poderes
§ 3568. Coordinación interagencial; notificación de violación
§ 3570. Autoridad para recibir testimonios y expedir citaciones