2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 20A - Administración de Servicios Médicos
§ 342j. Compra y contratos de suministros y servicios

(1) Una emergencia requiera la entrega inmediata de materiales, efecto o equipo, o la ejecución de servicios; o
(2) se necesiten piezas de respuesto, accesorios, equipo o servicios suplementarios para equipo o servicios previamente suministrados o contratados; o
(3) se requieren servicios o trabajos expertos y el Secretario estime que en interés de una buena administración es mejor que los contratos para tales fines se hagan sin mediar subasta, o
(4) los precios no estén sujetos a competencia, porque no haya más que una fuente de suministro o porque están reglamentados por ley. En tales casos, la compra de tales materiales, efectos o equipo, o la obtención de tales servicios, podrá hacerse en mercado abierto en la forma usual y corriente en los negocios. La Administración o su representante se reservarán el derecho de adquirir la buena pro en una subasta pública en base de otras consideraciones distintas a la del precio.