2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 1043 - Exenciones
§ 32055. Exención para material promocional

(a) Estará exenta del pago del impuesto sobre uso, toda propiedad mueble tangible que sea considerada material promocional introducida a Puerto Rico. Disponiéndose, que para disfrutar de esta exención la entidad tendrá que presentar el Certificado de Importación de Material Promocional Exento del Impuesto sobre Uso otorgado por la Compañía de Turismo de Puerto Rico.
(b) Se define como material promocional (conocido en inglés como “giveaways”) toda aquella propiedad mueble tangible que sea entregada libre de costo con un fin promocional por un promotor, exhibidor, según dicho término se define en la sec. 32144 de este título, planificador de reuniones o congresos, a un participante de una convención, exposición comercial “trade show”, foro, reunión, viaje de incentivos, y congreso.
(c) Los premios, regalos, emolumentos o galardones otorgados como parte de un viaje de incentivos o reconocimientos, estarán cobijados bajo las disposiciones de esta sección.
(d) El Certificado de Importación de Material Promocional Exento del Impuesto sobre Uso es el documento provisto por la Compañía de Turismo de Puerto Rico certificando que el material promocional introducido a Puerto Rico será utilizado en una convención, exposición comercial “trade show”, foro, reunión, viaje de incentivos o congreso. Dicho certificado tendrá que ser provisto por el importador para el levante del material promocional libre del impuesto sobre uso. Antes de emitir dicho certificado, la Compañía de Turismo de Puerto Rico deberá solicitar la documentación necesaria para corroborar que el material promocional importado se utilizará como parte de una de las actividades mencionadas en este inciso.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 13 - Contribuciones y Finanzas

Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico

Parte V - Impuesto Sobre Ventas y Uso

Capítulo 1043 - Exenciones

§ 32051. Exenciones—Facultades del Secretario

§ 32052. Certificado de exención y certificado de revendedor elegible

§ 32053. Exenciones para la exportación

§ 32054. Exenciones para las partidas tributables en tránsito y para bebidas alcohólicas almacenadas en almacenes de adeudo

§ 32055. Exención para material promocional

§ 32056. Exenciones sobre artículos para la manufactura

§ 32057. Exención sobre artículos vendidos en tiendas de terminales aéreos o marítimos a personas que salgan de Puerto Rico

§ 32058. Exención sobre partidas tributables adquiridas por agencias gubernamentales

§ 32059. Exención sobre partidas tributables que constituyen una mudanza

§ 32060. Exención sobre derechos de admisión

§ 32061. Exención a alimentos

§ 32062. Exención de medicamentos recetados

§ 32063. Exención de artículos y equipos para suplir deficiencias físicas o fisiológicas a personas con impedimentos

§ 32064. Exención para arrendamientos de propiedad inmueble

§ 32065. Exención a los servicios de cuido prestados por los centros de cuido de niños

§ 32066. Exención sobre servicios funerarios

§ 32067. Exención para equipos solares eléctricos

§ 32068. Exención a los servicios de cuido prestados por los centros de cuido de personas de edad avanzada

§ 32069. Exenciones sobre maquinaria, material médico-quirúrgico, suplido, artículo, equipo y tecnología utilizado en la prestación de servicios de salud

§ 32070. Exención para libros impresos uniformes y materiales

§ 32071. Relevo a los comerciantes que constituyan un programa de cadenas voluntarias o un programa bajo una estructura similar en las ventas efectuadas antes del 1 de agosto de 2014 de propiedad mueble tangible adquirida para la reventa por sus miem...

§ 32072. Exención para agricultores bona fide

§ 32073. Exención del pago del impuesto sobre ventas y uso a concesionarios bajo las leyes de desarrollo turísticos de Puerto Rico

§ 32074. Certificado de compras exentas

§ 32075. Exención sobre partidas tributables vendidas en tiendas militares operadas por el Fideicomiso Institucional de la Guardia Nacional de Puerto Rico

§ 32076. Exención para productos de higiene personal femenina para absorber el flujo menstrual

§ 32077. Exención para artesanos