2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 1043 - Exenciones
§ 32051. Exenciones—Facultades del Secretario

(a) Se faculta al Secretario a establecer, mediante reglamento o de otra forma, condiciones con respecto a la concesión de certificados de exención del pago o retención del impuesto fijado en esta parte. Con el fin de asegurar el debido cumplimiento con los términos, disposiciones y propósitos en virtud de los cuales se otorga la exención, el Secretario podrá imponer, entre cualesquiera otros que estime necesarios, los siguientes requisitos y condiciones:
(1) Exigir al contribuyente que presente planillas e informes y que lleve libros de contabilidad y archivos, así como que presente cualquier documento o evidencia que se juzgue pertinente a la exención reclamada u otorgada, según sea el caso.
(2) Requerir la prestación de fianza por el monto de la exención solicitada y de cualquier multa administrativa, recargo o interés que se pueda imponer de acuerdo a esta parte.
(3) Requerir que se le autorice a realizar aquellas inspecciones o fiscalizaciones periódicas o de otra índole (incluyendo mediante terminales fiscales, aplicaciones, u otros medios electrónicos), a, entre otros, puntos de venta, localidades comerciales, furgones, contenedores, áreas de almacén y áreas de exhibición, con relación a partidas tributables.
(4) Requerir que se radiquen de antemano los contratos, órdenes u otra información relacionada con permisos para transferir o vender partidas tributables.
(b) Si una persona utiliza un certificado de exención del pago del impuesto establecido en esta parte para la adquisición de partidas tributables y subsiguientemente las utiliza, almacena o consume para fines no exentos, será responsable del pago del impuesto establecido en esta parte.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 13 - Contribuciones y Finanzas

Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico

Parte V - Impuesto Sobre Ventas y Uso

Capítulo 1043 - Exenciones

§ 32051. Exenciones—Facultades del Secretario

§ 32052. Certificado de exención y certificado de revendedor elegible

§ 32053. Exenciones para la exportación

§ 32054. Exenciones para las partidas tributables en tránsito y para bebidas alcohólicas almacenadas en almacenes de adeudo

§ 32055. Exención para material promocional

§ 32056. Exenciones sobre artículos para la manufactura

§ 32057. Exención sobre artículos vendidos en tiendas de terminales aéreos o marítimos a personas que salgan de Puerto Rico

§ 32058. Exención sobre partidas tributables adquiridas por agencias gubernamentales

§ 32059. Exención sobre partidas tributables que constituyen una mudanza

§ 32060. Exención sobre derechos de admisión

§ 32061. Exención a alimentos

§ 32062. Exención de medicamentos recetados

§ 32063. Exención de artículos y equipos para suplir deficiencias físicas o fisiológicas a personas con impedimentos

§ 32064. Exención para arrendamientos de propiedad inmueble

§ 32065. Exención a los servicios de cuido prestados por los centros de cuido de niños

§ 32066. Exención sobre servicios funerarios

§ 32067. Exención para equipos solares eléctricos

§ 32068. Exención a los servicios de cuido prestados por los centros de cuido de personas de edad avanzada

§ 32069. Exenciones sobre maquinaria, material médico-quirúrgico, suplido, artículo, equipo y tecnología utilizado en la prestación de servicios de salud

§ 32070. Exención para libros impresos uniformes y materiales

§ 32071. Relevo a los comerciantes que constituyan un programa de cadenas voluntarias o un programa bajo una estructura similar en las ventas efectuadas antes del 1 de agosto de 2014 de propiedad mueble tangible adquirida para la reventa por sus miem...

§ 32072. Exención para agricultores bona fide

§ 32073. Exención del pago del impuesto sobre ventas y uso a concesionarios bajo las leyes de desarrollo turísticos de Puerto Rico

§ 32074. Certificado de compras exentas

§ 32075. Exención sobre partidas tributables vendidas en tiendas militares operadas por el Fideicomiso Institucional de la Guardia Nacional de Puerto Rico

§ 32076. Exención para productos de higiene personal femenina para absorber el flujo menstrual

§ 32077. Exención para artesanos