(a) Limitación en el uso.—
(1) Cualquier persona natural o jurídica que haya comprado o se le haya concedido cualquiera de los créditos sujetos a moratoria antes del 30 de junio de 2013, o bajo la sec. 30210a de este título, o bajo la sec. 30210b de este título podrá usar los mismos contra las contribuciones sobre ingresos impuestas por esta parte o por cualquier ley especial durante años contributivos comenzados luego del 31 de diciembre de 2012 y antes del 1 de enero de 2017, y años contributivos comenzados luego del 31 de diciembre de 2017 solo hasta el monto dispuesto bajo las disposiciones, bajo las cuales el crédito fue concedido pero nunca se podrán reducir las contribuciones impuestas bajo esta parte en más de un cincuenta (50) por ciento.
(2) No obstante, excepto se dispone en el inciso (c) de la sec. 30210e de este título, para años contributivos comenzados luego del 31 de diciembre de 2016 y antes del 1 de enero de 2018, el monto del crédito a utilizarse contra las contribuciones sobre ingresos impuestas por esta parte o por cualquier ley especial no podrá reducir las contribuciones en más de un veinticinco (25) por ciento.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico
Parte II - Contribucion Sobre Ingresos
Capítulo 1007 - Créditos Contra la Contribución
Subcapítulo A. Créditos No Reembolsables (§§ 30201 — 30210e)
§ 30201. Contribuciones de los Estados Unidos, posesiones de los Estados Unidos y países extranjeros
§ 30202. Crédito por responsabilidad contributiva mínima de año contributivo anterior
§ 30203. Crédito alternativo mínimo por contribuciones pagadas al extranjero
§ 30204. Crédito por inversión en valores de negocio cualificado
§ 30205. Crédito por aumento en inversión
§ 30206. Crédito por donativos al Patronato del Palacio de Santa Catalina
§ 30207. Crédito por el incremento en compras de productos del agro puertorriqueño
§ 30208. Moratoria de créditos contributivos
§ 30209. Crédito por compra de productos manufacturados en Puerto Rico
§ 30210. Crédito por donativos a fundaciones de Ex Gobernadores
§ 30210a. Reactivación de moratoria de créditos contributivos
§ 30210d. Crédito por la compra o transmisión de programación televisiva realizada en Puerto Rico