2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo I - Disposiciones Misceláneas
§ 2809. Inmunidad por las actuaciones de una corte militar

No se instituirá o iniciará acción judicial alguna contra la autoridad que convocare una corte militar, contra sus jueces militares o miembros o los de una corte de investigaciones, junta de oficiales o persona alguna que actuare bajo la autoridad o mandato de aquéllas por razón de haber aprobado, impuesto o ejecutado cualquier sentencia.