A solicitud del Secretario de Justicia, el Tribunal de Primera Instancia tendrá autoridad para ordenar a cualquier persona, siguiendo el procedimiento prescrito para la expedición de autos de mandamus, que cumpla con cualquier acto que le sea requerido por cualquier reglamento de la Oficina de Asuntos Monopolísticos o cualquier orden expedida a tenor con las disposiciones de dichos reglamentos o las disposiciones de este capítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Reglamentación de los Negocios en General
Capítulo 13 - Monopolios y Restricción del Comercio
§ 258. Actos para restringir el comercio
§ 261. Fusiones y adquisiciones
§ 265. Responsabilidad de los oficiales de una corporación
§ 268. Demandas por personas perjudicadas
§ 269b. Jurisdicción adicional
§ 271. Facultades y deberes del Secretario de Justicia
§ 272. Organización administrativa
§ 273. Requerimientos para cumplir con la ley