2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 27 - Prácticas Desleales y Fraudes
§ 2711. Excepciones a la prohibición de diferenciación y rebajas

(1) El pago de comisión legalmente devengada u otra compensación legal a agentes, corredores y solicitadores debidamente autorizados.
(2) La distribución de dividendos, ahorros, o de la porción no usada o no absorbida de primas o depósitos de primas por un asegurador participante a sus tenedores de pólizas con participación.
(3) El suministro de información, consejo o servicios con el fin de reducir la pérdida o responsabilidad por pérdidas con arreglo a una póliza.
(4) El cobro de una prima conforme lo autorice la inscripción aplicable.
(5) Recordatorios y otro tipo de material promocional cuyo valor sea nominal y no sea incompatible con otras disposiciones del Código o algún reglamento.
(6) Las excepciones que autoriza la ley respecto a los seguros de vida e incapacidad.
(7) A los aseguradores de vida, de pagar bonificaciones a los tenedores de póliza o de algún otro modo disminuir la prima en todo o en parte, del excedente acumulado del seguro sin participación, si dichas bonificaciones o rebajas son justas y equitativas para todos los tenedores de póliza y para los mejores intereses del asegurador y sus tenedores de pólizas.
(8) En el caso de pólizas de seguros expedidas de acuerdo con el plan industrial de pequeñas primas a corto plazo, el hacer concesiones a los tenedores de pólizas que hayan pagado continuamente sus primas por un período específico, directamente a una oficina del asegurador, en una suma que razonablemente represente el ahorro en el gasto de cobro, o el hacer concesiones a tenedores de pólizas que efectúen pagos de primas a intervalos menos frecuentes que los exigidos.
(9) El reajuste del tipo de prima para una póliza de seguro colectivo basada en la experiencia de pérdida o de gastos con arreglo a la misma, a la terminación de cualquier año de seguro de la póliza, que podrá hacerse retroactivo solamente para dicho año de póliza.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 26 - Seguros

Subtítulo 1 - Seguros en General

Capítulo 27 - Prácticas Desleales y Fraudes

§ 2701. Declaración de propósitos

§ 2702. Competencia desleal; prácticas injustas y engañosas, prohibidas

§ 2703. Restricción irrazonable del mercado de seguros, suscripción condicionada, control directivo, monopolio

§ 2704. Anuncios en general

§ 2705. Anuncio de activo, pasivo

§ 2706. Estados económicos falsos

§ 2707. Difamación prohibida

§ 2708. Diferenciación injusta, prohibida

§ 2708a. Prácticas prohibidas en los seguros de propiedad

§ 2710. Rebajas e incentivos

§ 2711. Excepciones a la prohibición de diferenciación y rebajas

§ 2711a. Conservación de documentos

§ 2713. Designación de productor o asegurador favorecido; coerción de deudores

§ 2713a. Instituciones financieras, sus subsidiarios o afiliadas; métodos y prácticas de venta de seguros

§ 2714a. Notificación de la reclamación

§ 2715. Tergiversación, prohibida

§ 2716. Tráfico ilegal de primas

§ 2716a. Prácticas desleales en el ajuste de reclamaciones

§ 2716b. Término para la resolución de reclamaciones

§ 2716c. Métodos para resolver una reclamación

§ 2716d. Remedios civiles

§ 2716e. Costas y honorarios de abogado

§ 2716f. Pagos parciales o en adelantos de la reclamación ante un evento catastrófico

§ 2719. Informes y declaraciones obtener seguros

§ 2720. Reclamaciones o pruebas falsas

§ 2726. Requisito de informar actos fraudulentos en el negocio de seguros

§ 2727. Requisito de proveer información de reclamaciones a un banco de información central

§ 2727a. Inmunidad civil

§ 2730. Información falsa de actos fraudulentos

§ 2731. Plan de acción

§ 2735. Penalidad por violaciones