Si el Comisionado, después de una vista, determinare que un club o asociación de automovilistas ha violado cualquier disposición de este subcapítulo, o es insolvente, o su activo es menor que sus obligaciones, o el club o asociación de automovilistas o sus oficiales se negaren a ser examinados o lleva a efecto sus negocios en forma fraudulenta, o su administración o métodos de negocio son inadecuados o perjudiciales a los tenedores de sus contratos de servicios, puede revocar o suspender su licencia e informar de su actuación al público en la forma y manera que él crea conveniente.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Seguros en General
Capítulo 21 - Clubes o Asociaciones de Automovilistas y Contratos de Servicios
Subcapítulo I - Clubes o Asociaciones de Automovilistas
§ 2103. Término para radicar solicitud
§ 2104. Solicitud de autorización
§ 2106a. Libros y documentos requeridos
§ 2107. Duración de la licencia
§ 2108. Revocación o suspensión de licencia
§ 2111. Contenido del contrato
§ 2117. Aplicación restringida
§ 2119. Contratos en duplicado; firma; forma de disponer de las copias