Todo club o asociación de automovilistas llevará cuentas completas y exactas, así como libros de su activo, obligaciones, transacciones y negocios, de acuerdo con los métodos y prácticas de contabilidad generalmente reconocidas. Todos los libros y cuentas se llevarán en tal forma que faciliten la preparación de los informes requeridos del club o asociación de automovilistas, así como el examen de los negocios por el Comisionado.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Seguros en General
Capítulo 21 - Clubes o Asociaciones de Automovilistas y Contratos de Servicios
Subcapítulo I - Clubes o Asociaciones de Automovilistas
§ 2103. Término para radicar solicitud
§ 2104. Solicitud de autorización
§ 2106a. Libros y documentos requeridos
§ 2107. Duración de la licencia
§ 2108. Revocación o suspensión de licencia
§ 2111. Contenido del contrato
§ 2117. Aplicación restringida
§ 2119. Contratos en duplicado; firma; forma de disponer de las copias