Se prohíbe que los municipios se autoproclamen como municipio con iniciativas verdes o se promocionen con frases que puedan hacer referencia o alusivas a iniciativas verdes. Sólo los municipios con designaciones vigentes como municipios con iniciativas verdes podrán promocionarse como tal. El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales velará por el estricto cumplimiento de esta disposición. Esta disposición no limitará a los municipios a llevar a cabo planes, alianzas, proyectos, programas, aprobación de ordenanzas, implantación de política y cualquier tipo de actividad de índole ambiental.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 3 - Disposiciones Generales
Capítulo 96A - Ley para la Designación de Municipios con Iniciativas Verdes
§ 1055d. Comité—Nominaciones y vacantes
§ 1055e. Comité—Funciones, deberes y facultades
§ 1055f. Comité—Cobro de estipendios, dietas o viáticos
§ 1055i. Comité—Reuniones y decisiones
§ 1055j. Comité—Representantes de miembros
§ 1055l. Comité—Reglamento; preparación, revisión y aprobación
§ 1055m. Comité—Reglamento; publicación
§ 1055o. Criterios generales de evaluación
§ 1055p. Clasificación de municipios
§ 1055q. Evaluación de las solicitudes
§ 1055r. Divulgación de designación
§ 1055s. Término de la designación