2020 Laws of Puerto Rico
XV. DISPOSICIONES GENERALES
Regla 242. Desacato

(a) Procedimiento sumario. El desacato criminal podrá castigarse en forma sumaria siempre que el juez certifique que vio u oyó la conducta constitutiva de desacato, y que se cometió en presencia del tribunal. La orden condenando por desacato expondrá los hechos y será firmada por el juez, dejándose constancia de ella en las minutas del tribunal.
(b) Procedimiento ordinario. Salvo lo provisto en el inciso (a) de esta regla, en todo caso de desacato criminal se le dará al acusado previo aviso la oportunidad de ser oído. El aviso expondrá el sitio, hora y fecha de la vista, concederá al acusado un tiempo razonable para preparar su defensa, hará saber al acusado que se le imputa un desacato criminal y expondrá los hechos esenciales constitutivos del mismo. El acusado tendrá derecho a su libertad provisional bajo fianza de acuerdo con las disposiciones de estas reglas. Si el desacato se fundara en actos o conducta irrespetuosa hacia un juez, éste no podrá conocer de la causa excepto con el consentimiento del acusado.

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Título 34 - Apéndices Reglas del Tribunal

II. Reglas de Procedimiento Criminal

XV. DISPOSICIONES GENERALES

Regla 218. Fianza y condiciones, cuándo se requieran; criterios de fijación; revisión de cuantía, o condiciones; en general

Regla 219. Fianza; condiciones; requisitos

Regla 220. Fianza; requisitos de los fiadores

Regla 222. Fianza; depósito en lugar de fianza

Regla 223. Fianza; sustitución de depósito por fianza y viceversa

Regla 224. Fianza; fiadores; exoneración mediante entrega del acusado

Regla 225. Fianza; fiadores; exoneración mediante entrega; arresto del acusado

Regla 226. Fianza; cobro de costas o multa

Regla 227. Fianza; procedimiento para su confiscación; incumplimiento de condiciones; detención

Regla 228. Condiciones; fianza; arresto del acusado

Regla 229. Orden de allanamiento o registro y agente de rentas internas; definiciones

Regla 230. Orden de allanamiento; fundamentos para su expedición

Regla 231. Orden de allanamiento; requisitos para librarla; forma y contenido

Regla 232. Orden de allanamiento; diligenciamiento

Regla 233. Orden de allanamiento; remisión de orden diligenciada

Regla 234. Allanamiento; moción de supresión de evidencia

Regla 236. Testigos; diligenciamiento de citación

Regla 237. Testigos; adelanto de gastos

Regla 238. Testigos; arresto y fianza para garantizar comparecencia

Regla 240. Capacidad mental y/o funcional del acusado; procedimiento para determinarla

Regla 241. Procedimiento para imposición de la medida de seguridad

Regla 242. Desacato

Regla 243. Presencia del acusado

Regla 244. Notificaciones

Regla 245. Notificación de órdenes

Regla 247. Sobreseimiento

Regla 248. Excepciones abolidas

Regla 249. Términos; cómo se computarán

Regla 250. Tribunales siempre accesibles

Regla 251. Disposición de propiedad robada o ilegalmente apropiada

Regla 252.1. Reglas a seguirse al efectuarse una rueda de detenidos

Regla 252.2. Utilización de fotografías como procedimiento de identificación

Regla 253. Expedientes; libros; actas; registros

Regla 255. Derogación de leyes incompatibles