El Secretario del Departamento adoptará las reglas y reglamentos que sean necesarios para implementar este capítulo, en virtud de las disposiciones de las secs. 9601 et seq. del Título 3, conocidas como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico”, en un período que no excederá ciento veinte (120) días después de la fecha de vigencia de esta ley.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 15 - Deportes y Parques
§ 939. Campamentos sin licencias, prohibición
§ 940. Licencias intransferibles
§ 943. Investigación previo a la expedición o renovación de la licencia o certificación
§ 949. Suspensión o cancelación de la licencia
§ 952. Requisitos mínimos para el licenciamiento de los campamentos
§ 954. Servicios mínimos que debe ofrecer el campamento
§ 955. Registro y publicación de información de los campamentos licenciados
§ 956. Personal y requisitos básicos de reclutamiento
§ 957. Servicios de alimentos del Departamento de Educación
§ 960. Disposiciones transitorias