2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Disposiciones Generales
§ 825. Acuerdos para la notificación de irregularidades

Dentro un término de sesenta (60) días, contados a partir de la firma de esta ley, la Administración de Vivienda Pública y el Departamento de la Vivienda entrarán en acuerdos interagenciales con la AEE y con la AAA para recibir notificaciones, al menos mensualmente, con el listado de clientes en residenciales públicos que tienen deudas vencidas de sesenta (60) días o más, clientes que han incumplido con los planes de pago, clientes a los cuales se les haya desconectado el servicio, unidades donde se haya detectado que se ha intervenido con los contadores, y clientes que hayan incurrido en cualquier otra conducta, práctica o irregularidad que pudiese incidir en los contratos de arrendamiento de AVP. Tal notificación podrá hacerse por medios electrónicos.